Ley Nº 5985
Buenos Aires, 5 de julio de 2018 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 10 de la Ley 4827 CABA, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 10: “Las carnicerías, pescaderías, verdulerías, panaderías y casas de comida para llevar que funcionan [...]